jueves, 27 de febrero de 2014

LOS DERECHOS HUMANOS EN DEFENSA DE LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS

¿Qué son los Derechos Humanos?

A lo largo de la historia, los seres humanos hemos descubierto muchas cosas e inventado muchas otras. Uno de nuestros descubrimientos es que "solo si nos tratamos mutuamente con justicia y respeto seremos capaces de convivir en paz y armonía". Para lograr este estilo de vida, necesitamos unas normas y unos valores básicos que sean compartidos por todas las personas, que garanticen la promoción de la dignidad de cada uno. Los derechos humanos son esas normas y esos valores que nos permiten relacionamos con los demás de la forma más adecuada. Así mismo, son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna.

Características de los Derechos Humanos

Los derechos humanos son condiciones básicas que se deben cumplir para que cualquier ser humano pueda desarrollarse y llevar una vida digna. Por ser tan importantes para todas las personas, se dice que los Derechos Humanos son:

• Universales. Es decir, que se le deben reconocer a todos los seres humanos, sin excluir a nadie. Todo ser humano debe ser tratado como un semejante, como un igual, como alguien que tiene la misma dignidad que cualquier otro.

·Preferentes. Al entrar en conflicto con otros derechos, los Derechos Humanos tienen preferencia, deben ser protegidos de una manera prioritaria. Por ejemplo, el derecho a un ambiente natural sano, debe ser protegido frente a los derechos económicos de empresas particulares que contaminan el ambiente.

·Imprescriptibles. Los Derechos Humanos no se pueden perder, no caducan, no prescriben, sino que tienen vigencia para todos en todo momento y lugar. Pero esto no significa que no tengan límites, porque a menudo es necesario poner  límites a unos derechos para poder disfrutar de otros. Por ejemplo, la libertad de expresión debe respetar el derecho a la intimidad y a la honra.

·Inalienables. Los Derechos Humanos no pueden ni deben separarse de la persona y, en tal virtud, estas no pueden transmitirlos o renunciar a ellos, bajo ningún título.

·Innegociables. Dado que todos los Derechos Humanos son igualmente importantes, no es correcto negar por completo la protección de algunos de ellos con la excusa de satisfacer otros. Por ejemplo, si un gobierno pretende abolir el derecho a la huelga, con el argumento de que así se acelera el crecimiento económico y se alcanza un mayor bienestar para todos, debemos manifestarle que no es correcto suprimir unos derechos para fomentar otros. Cuando se viola un derecho humano, sea el que sea, se está atentando contra la dignidad de las personas.

·Inviolables. Los Derechos Humanos son inviolables porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones que puedan imponerse de acuerdo con las exigencias del bien común de la sociedad. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.

Para concluir, debemos decir que los Derechos Humanos deben ser protegidos para mostrar el respeto a la dignidad de las personas y, si no se cumplen, no se puede construir una sociedad justa, ni mucho menos un Estado justo.

La dignidad humana en la historia

Es evidente que todos los seres humanos somos diferentes: el sexo, la edad, la raza, la religión, la nacionalidad, la profesión, etc. Sin embargo, por encima de cualquier diferencia, todas las personas somos iguales en nuestra naturaleza humana. Esto significa que todos somos libres, pensamos, amamos, creamos, nos relacionamos y construimos nuestro propio destino. Estas capacidades y características nos diferencian del resto de las criaturas de la naturaleza y, por lo tanto, transforman la existencia de los seres humanos en algo especial. Por el solo hecho de ser personas, somos merecedores (dignos) de gozar de estas características, que conforman la dignidad humana, La dignidad humana es la base sobre la que se construyen la justicia y el derecho.

Evolución histórica del concepto de dignidad humana

El concepto de dignidad humana estuvo siempre presente en la historia de los distintos pueblos y en las distintas culturas del mundo. Los principales momentos de la evolución del concepto de dignidad humana son los siguientes:

·En la Antigüedad clásica. Para la sociedad antigua, por ejemplo, la griega, la dignidad de la persona se basaba en el hecho de que ella era superior a las plantas y animales, ya que la persona poseía lo que ellos denominaron logos, es decir, la palabra. Otra característica fundamental de la dignidad humana era el hecho de poder razonar y reflexionar sobre su entorno.

·En la Edad Media. El cristianismo introdujo el valor de la dignidad de las personas por considerarlas como criaturas formadas a la imagen y semejanza de Dios. Sin embargo, y pese a este concepto, solo los reyes, los nobles, los clérigos y los guerreros eran considerados "dignos", por el honor que les era conferido.
Mientras tanto, los artesanos y campesinos eran considerados seres inferiores y por ello vivían en condiciones de máxima pobreza.

·La Carta Magna. En el siglo XIII, el rey Juan sin Tierra concedió protección a los nobles ingleses, al promulgar la llamada Carta Magna, en la que se ordenaba lo siguiente: "Ningún hombre será tomado o aprisionado, desposeído de sus bienes, proscrito o desterrado, o de alguna manera destruido; ni nos dispondremos sobre él, ni lo pondremos en prisión, sino por el juicio legal o por la ley del país".


·La Revolución francesa. Promovida en 1789, buscaba aprobar la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, bajo los ideales de "libertad, igualdad y fraternidad': Esto dio un impulso importante a la idea de que todos los seres humanos tienen la misma dignidad, por el hecho de pertenecer a la "gran familia humana", y que las personas poseen unos derechos que todos deben respetar.

·Declaración Universal de los Derechos Humanos. A pesar de que los Derechos del hombre, promulgados por la Revolución francesa, estaban destinados a todos los seres humanos, los sucesos históricos del siglo XIX y primera mitad del siglo XX, tales como las dos guerras mundiales, demostraron a la humanidad que era preciso que todos tomaran conciencia de que la dignidad humana debe ser respetada por encima de todo. Por ello, la Organización de las Naciones Unidas ONU, promulgó en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que debe ser acatada por todos los gobiernos, como garantía para lograr un mundo más justo y más humano. En 1983, la ONU reconoció el derecho a la igualdad de las mujeres mediante la firma de la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer.

Las tres generaciones de los Derechos Humanos

Los derechos humanos se han ido reconociendo a lo largo de la historia mediante un proceso lento de aprendizaje moral que no ha terminado todavía. En este proceso se pueden distinguir, hasta ahora, tres grandes fases, que se suelen denominar "las tres generaciones" de los Derechos Humanos.

Derechos Humanos de primera generación

La primera generación es la de los derechos civiles y políticos. Empezaron a ser reivindicados por la burguesía frente al antiguo régimen feudal-monárquico, a partir del siglo XVI. Estos derechos consideran a la persona como un individuo dotado de libertad y autonomía. El derecho a la vida es el derecho más importante entre los de primera generación y constituye el fundamento básico de la prohibición de torturas y humillaciones. De este derecho se derivan el derecho a la preservación de la salud y a la integridad física y psicológica.

Otros derechos comprendidos en este conjunto son el derecho a pensar y expresarse libremente, a reunirse con quien se desee, a desplazarse libremente, a participar en él gobierno del propio país, a no ser detenido sin un motivo legal, a ser juzgado con garantías de imparcialidad, a tener propiedad y comerciar libremente.

Derechos Humanos de segunda generación

La segunda generación se refiere a los derechos económicos, sociales y culturales. Estos derechos ya no consideran exclusivamente la individualidad de la persona, sino que sitúan al individuo en un determinado conjunto social, ya sea por la actividad que desempeña (trabajador, empresario, científico, estudiante, etc.) o porque requiere una protección especial (está desempleado, es menor .de edad, es anciano, está enfermo, es pobre, etc.). Pertenecen a este grupo, entre otros, los siguientes derechos:

·El derecho a trabajar en condiciones dignas y a integrar asociaciones sindicales.
·El derecho al descanso diario, semanal y a las vacaciones pagas; a la protección de la maternidad, a la seguridad social y a ser beneficiario de subsidios por desempleo.
·El derecho al acceso a una vivienda digna, al esparcimiento, a la educación y a la cultura.

Derechos Humanos de tercera generación

Por último, los llamados derechos de tercera generación incluyen, entre muchos, el derecho de nacer y vivir en un medio ambiente sano, así como el derecho a nacer y vivir en una sociedad en paz y el derecho al desarrollo. Estos derechos han sido recogidos en declaraciones internacionales recientes. Es necesaria la solidaridad internacional para que se puedan cumplir estos derechos. Porque, ¿cómo se podrá acabar con la contaminación del medio ambiente si unos países se esfuerzan por no contaminar y a otros esto los tiene sin cuidado? ¿Cómo se podría acabar con la guerra cuando algunos países la fomentan? Y, ¿cómo se podrá alcanzar el desarrollo de todos los pueblos de la tierra sin la colaboración de las naciones más desarrolladas? En conclusión, es necesario el compromiso de todos: Estado, instituciones organizadas y personas en general, para el mantenimiento, cumplimiento y defensa de los derechos humanos.

Democracia y Derechos Humanos

La democracia como forma de gobierno social se basa, entre otras cosas, en el reconocimiento y respeto a la dignidad del ser humano, y la promoción de sus derechos y deberes. Es por esto que la relación entre los derechos humanos y la democracia es tan intensa, que difícilmente puede calificarse como democrático un sistema político que no respete estos derechos.

Debemos recordar que la democracia moderna nació a partir de los derechos del hombre, proclamados por la Revolución francesa en 1789. Por lo tanto, cuando los derechos humanos son vulnerados, todo el edificio democrático corre el riesgo de derrumbarse. Si bien es cierto que la democracia se basa en la existencia de ideologías políticas que se contradicen las unas a las otras, estas ideologías tienen en común el respeto a la dignidad humana.

Condicionamientos a los Derechos Humanos

En las democracias actuales existen distintos factores que condicionan el cumplimiento de los Derechos Humanos, en algunos casos, favoreciéndolos y en muchos otros, perjudicándolos. Veamos.

Factores políticos. La promoción de los derechos humanos requiere de la existencia de una sociedad democrática, que respete la libertad política, el pluralismo y las minorías. Sin embargo, en muchas ocasiones, los gobiernos, durante las crisis económicas o políticas violan algunos derechos de los ciudadanos.

Factores culturales. Para garantizar la vigencia de los derechos humanos, es necesario que estos sean difundidos a toda la sociedad, de manera que las personas los conozcan, asimilen sus contenidos y los hagan respetar. Sin embargo, en países en vías de desarrollo, una gran cantidad de población desconoce cuáles son sus derechos, ante quién defenderlos y qué herramientas existen para protegerlos. Esto se debe al bajo grado de escolaridad de los ciudadanos, en especial de los sectores rurales, donde son más evidentes las violaciones a los derechos humanos.

Factores materiales. Muchas veces la capacidad de un Estado para garantizar la vigencia de los derechos humanos depende de su situación geográfica, de la heterogeneidad de su población, de la densidad de la misma o de la posibilidad de generar riquezas y de distribuirlas con justicia. Sin embargo, en distintas partes del mundo, las sociedades son desiguales y no todos los habitantes logran satisfacer sus necesidades básicas, ya que no existen las mismas oportunidades de crecer y desarrollarse. La miseria, el desempleo, el analfabetismo y la marginación son factores que atentan directamente contra la vigencia de los derechos y contra la necesidad que tiene toda persona de vivir con dignidad.

El papel del Estado ante los Derechos Humanos

Para proteger y promover los derechos de los ciudadanos, los Estados deben: Crear un sistema de justicia cuyo fin último sea garantizar el cumplimiento de los derechos de todos los ciudadanos.

Adelantar políticas sociales que atiendan, de manera especial, a los menos favorecidos. Por ejemplo, subsidios de educación superior para jóvenes de estratos bajos.

Brindar oportunidades para crear un desarrollo sostenible basado en la promoción de la educación competente y una economía solidaria.

¿Cuáles son las causas más frecuentes de violación a los Derechos Humanos?

Todos los países buscan proteger la dignidad humana a través de la educación y la aplicación de la ley. Sin embargo, es evidente que a nivel mundial se siguen violando los derechos humanos por diversas causas: la xenofobia, el racismo, la pobreza, la marginalidad, la violencia política.

·La xenofobia. Se define como el odio o el temor irracional a cualquier persona extranjera, que se traduce en actos de rechazo.

En algunas ocasiones, cuando las sociedades atraviesan situaciones críticas (desempleo, altos índices de criminalidad, epidemias) una respuesta cómoda e injusta, es atribuir los males sociales a la presencia de extranjeros. Así la xenofobia lleva a afirmaciones generales y arbitrarias como: "no hay trabajo porque los extranjeros trabajan por sueldos bajos y ocupan todos los puestos': Este tipo de afirmaciones conduce a actitudes discriminatorias: mucha gente comienza a creer que "hay que prohibir el ingreso de extranjeros': Cuando estas actitudes se generalizan, comienzan a manifestarse en conductas concretas como, por ejemplo, la expulsión o la agresión a extranjeros.

·El racismo. Incluye toda actitud discriminatoria y segregativa, inspirada en la pretensión de supremacía de una raza sobre las demás. Durante el siglo XX, uno de los casos más graves de discriminación racial fue el apartheid (palabra que significa "separación"). Este régimen fue instituido por la minoría blanca en Suráfrica para gobernar y tener el poder absoluto en un país de mayoría negra. A pesar de los avances logrados en los últimos años en la lucha. contra el racismo, es innegable que en muchas partes del mundo se sigue presentando dicho fenómeno.


·La pobreza y la marginalidad. Los derechos humanos también se ven vulnerados a causa de la desigualdad de los recursos económicos. La pobreza es la situación que se produce cuando las personas no tienen la posibilidad de alcanzar un mínimo de nivel de subsistencia: no están en condiciones de poseer una vivienda, ni alimentación adecuada, ni prestaciones de salud ni de educación, que les permitan tener las mismas oportunidades de desarrollo de su personalidad así como la mayoría de los miembros de la sociedad.

El desempleo coloca a quien lo padece en situación de marginalidad, ya que no tiene posibilidades de obtener medios regulares de subsistencia. En general, quienes se encuentran más expuestos al desempleo son los jóvenes que se inician en el mercado del trabajo.

·La violencia política. Consiste en el uso de la fuerza o la amenaza contra las personas, con el fin de obligarlos a actuar en contra de su voluntad. El secuestro, la ejecución de personas por motivos políticos, los atentados terroristas, la represión y la guerra son actos de violencia política. La eliminación de la violencia ha sido uno de los grandes objetivos de los Estados en sus políticas internas en el mundo moderno.

En Colombia, la situación de violencia entre el Estado y los grupos al margen de la ley ha provocado la violación de los derechos humanos: el derecho a la vida, a la libertad, a la libre expresión, a la integridad física y psicológica, a la libre asociación, a la huelga, a la educación, a la paz, etc.


Promoción de los Derechos Humanos

La promoción de los Derechos Humanos a nivel personal

Para promover nuestros derechos como personas individuales, debemos tener en cuenta, al menos, tres aspectos:

·Reconocernos como seres humanos con cualidades y defectos, de modo que identifiquemos todas aquellas cosas buenas que podemos hacer para crecer integralmente como personas. Por ejemplo, desarrollar nuestras cualidades artísticas, deportivas o culturales, de modo que nos ocupemos en aquellas cosas que promueven nuestra dignidad y dejemos de lado todo aquello que nos destruye.

·Realizar acciones a favor de las demás personas en cada una de nuestras actividades diarias. Pues si promovemos los derechos de los demás, también ellos promoverán nuestros derechos. Por ejemplo, al escuchar con atención a los otros, garantizamos que ellos nos escuchen. Con esto se logra promover el derecho a expresarse libremente.


·Participar en proyectos comunitarios y ambientales que busquen mejorar la calidad de vida de todos. Por ejemplo, desde el mismo colegio se pueden adelantar proyectos de conciliación para superar conflictos, así como proyectos de reciclaje o reforestación, para garantizar un ambiente sano.

Promoción de los Derechos Humanos a nivel social

La palabra clave es participar en todas las esferas de la vida social. De este modo se asegura que la construcción de la maquinaria estatal sea participativa y no impositiva. Veamos.

·Participar en los espacios culturales, deportivos, científicos y artísticos que se promueven a nivel nacional o regional. Debemos tener en cuenta que todos estos eventos buscan contribuir al crecimiento integral de las personas.

·Participar y controlar la gestión del Estado a nivel regional. Para ello, la Constitución Política de Colombia nos indica las siguientes acciones:

·Hacer parte de las Juntas administradoras locales, mediante las cuales se puede participar en el diseño de los planes municipales de desarrollo, vigilar la prestación de los servicios públicos, y formular y vigilar la ejecución de propuestas de inversión (CN., art. 318).


·Fiscalizar las empresas de servicios públicos (CN., art. 369).

·Participar como comunidad en el manejo de los servicios de salud y en la dirección y gestión de las instituciones educativas (CN., arts. 68-49).

·Proteger los derechos como usuarios y consumidores, organizados para intervenir en el estudio de las disposiciones que regulan el control de la calidad de los bienes y servicios ofrecidos a las comunidades (CN, art. 78).

·Contribuir en la toma de decisiones para garantizar un ambiente sano (CN., art.79).

¿Cómo podemos promover nuestros derechos a nivel político?

La Constitución Política de Colombia definió nuestra democracia como participativa. Según ella, los elegidos a cargos públicos son sometidos a control directo de los ciudadanos, quienes no se limitan simplemente a votar, sino que tienen una acción directa en la decisión, ejecución y control de la gestión estatal. (CN., art. 2).


Según lo anterior, en el ámbito político tenemos derecho a tomar parte en la conformación, ejercicio y control del poder político a través de los siguientes mecanismos:

·El voto. Es la herramienta mediante la cual podemos elegir y ser elegidos a corporaciones públicas tales como juntas administradoras locales, concejos municipales, asambleas departamentales, congreso, alcaldía, gobernaciones, presidencia y vicepresidencia de la República.


·El plebiscito. Se constituye como una consulta a los ciudadanos sobre decisiones de trascendencia nacional (CN., art. 104), o sobre la aceptación de una política del gobernante.

·El referendo. Este mecanismo permite manifestamos a favor o en contra de los actos normativos, y está dirigido a derogar una ley (CN., art. 170), reformar la Constitución, convocar una asamblea nacional constituyente, o aprobar una reforma constitucional (CN., arts. 374, 376, 377 y 378).

·La consulta popular. Es la acción civil convocada por gobernadores o alcaldes, mediante la cual los habitantes de un departamento o municipio pueden decidir sobre asuntos de interés exclusivo de esas entidades (CN., art. 105).

·El cabildo abierto. Consiste en una reunión pública de los ciudadanos con los concejales o miembros de una junta administradora local para analizar asuntos de interés de todos a nivel regional.

·La iniciativa legislativa. Es la acción directa de los ciudadanos, según la cual, podemos presentar proyectos de ley o de reformas constitucionales (CN., art. 155).

·La revocatoria del mandato. Puede ser definida como la forma de participación democrática en la que ciudadanos, mediante una consulta popular, dan por terminado el mandato conferido a su gobernador de departamento, o alcalde municipal, por faltas al cumplimiento de las obligaciones de sus investiduras (CN., art. 40).

·El control constitucional. Es el ejercicio realizado por cualquier ciudadano para demandar la declaratoria de inconstitucionalidad de una ley o decreto expedido por facultades extraordinarias; o de un decreto, una ordenanza, un acuerdo o una resolución administrativa.


Igualmente, los ciudadanos tenemos derecho a asociarnos y reunirnos, así como a hacer proselitismo político en pro de nuestras convicciones; de igual forma a organizamos sindicalmente y ejercer derechos como la huelga y el de expresamos libremente.

También podemos defender nuestros derechos humanos, ejerciendo las acciones y usando las herramientas legales disponibles para protegerlos y defenderlos, tales como la acción de tutela, las acciones populares o el derecho de petición, entre otras.

¿ Quiénes defienden los derechos humanos?
La defensa de los derechos humanos es una tarea que compete a todos los estamentos de un país: desde el gobierno, pasando por las instituciones privadas, hasta llegar al ciudadano. Todos deben ser garantes de la justicia, de la defensa y la promoción de los derechos individuales y sociales.
Organismos judiciales que defienden los derechos humanos

Los organismos judiciales a los que podemos acudir para garantizar el respeto a nuestros derechos son los siguientes:

·La Corte Constitucional. Este órgano administrador de justicia se encarga de emitir las leyes que desarrollan los derechos humanos, revisar las acciones de tutela y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra una ley o un decreto con fuerza de ley.

·Los jueces. Estas autoridades públicas velan por la administración adecuada de la justicia. Ellos son los que deciden si de acuerdo con las pruebas y leyes, deben o no condenar a una persona que pudo haber cometido un delito, así como para buscar la conciliación en conflictos de intereses civiles o sociales, presentar una denuncia cuando sepamos que se cometió un delito, presentar acciones constitucionales de protección de los derechos humanos como la tutela, el hábeas corpus y las acciones populares.


·La Fiscalía General de la Nación. Este organismo, adscrito al poder judicial colombiano, cumple las funciones de investigar y recopilar pruebas concernientes a procesos penales, así como de abrir los mismos. Además, la Fiscalía General de la Nación está encargada de: adoptar medidas de aseguramiento para garantizar que los procesados se hagan presentes a los requerimientos judiciales y velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso.

Organismos de control gubernamental que protegen los derechos humanos

Los organismos de control, quienes son los encargados de brindar ambientes libres de corrupción y buen manejo de los recursos estatales, y que así mismo defienden nuestros derechos fundamentales son: La Personería municipal, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la nación.

·La Personería municipal. Es encabezada por un personero que a su vez representa los intereses de una comunidad, entre ellos, la defensa de los derechos humanos.

·La Defensoría del Pueblo. Creada en 1991, se configura como una entidad encargada de defender y promover los derechos humanos de todos los ciudadanos.

·Procuraduría General de la Nación. Es la entidad encargada de vigilar que se cumplan la constitución y las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. Además, vela por los derechos humanos y defiende los intereses de la 

comunidad.

·Contraloría General de la Nación. Vigila el manejo de los dineros públicos por parte de la administración o los particulares. Igualmente vela por el uso adecuado de los recursos públicos para satisfacer los derechos básicos de los ciudadanos.

Herramientas para proteger nuestros Derechos Humanos

La Constitución Política de Colombia no solo consagró los derechos humanos, sino que creó mecanismos para su protección, tales como el hábeas corpus, el hábeas data, la acción de tutela, el derecho de petición y las acciones populares.

·Hábeas corpus. Es el derecho que tienen todas las personas de pedir su libertad a los jueces cuando han sido capturadas o retenidas por cualquier autoridad sin que la ley o la constitución lo autoricen, o cuando se prolonga ilegalmente la privación de su libertad. Se llama así, porque reivindica el carácter personal del cuerpo y la libertad e integridad que le son inherentes y el deber del Estado de protegerlas.

·Hábeas data. "Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas" (CN. 15).

·Acción de tutela. Es la herramienta más sencilla y rápida que ofrece la constitución para proteger los derechos individuales y comunitarios en nuestro país. Una tutela la puede interponer una personal natural y si el caso lo amerita, puede hacerlo también el personero municipal o el defensor del pueblo a nombre de un particular o una comunidad. Los requisitos para presentar una acción de tutela son los siguientes:

·El derecho humano debe haber sido violado o desconocido, o debe encontrarse Amenazado. 

No debe existir ningún otro medio para poder proteger el derecho, a menos que sea necesario actuar rápidamente para que no se cause un daño irremediable a la persona.

·No pueden interponerse dos acciones de tutela por los mismos hechos y derechos.

·Derecho de petición. Es el derecho que tienen todas las personas para formular de modo escrito o verbal, solicitudes respetuosas a las autoridades, y a exigir de estas una respuesta oportuna. También se pueden presentar ante organizaciones privadas cuando se trate de derechos fundamentales. De este modo existen tres clases de derechos de petición:

·Peticiones de interés particular. Son aquellas que benefician únicamente a quien las formula. Deben resolverse en 15 días.

·Peticiones de interés general. Favorecen a una comunidad, y deben ser resueltas en 15 días.

·Peticiones de información. En ellas, se solicita el acceso a la información sobre la acción de las autoridades, y se logra la expedición de copias de documentos que no tengan el carácter de reservados. Deben ser respondidas en 10 días.


·Acciones populares. Es el medio mediante el cual una colectividad o una comunidad puede acudir ante un juez para solicitar la defensa de sus derechos de carácter comunitario, cuando estos se ven lesionados o amenazados. 


Algunos de los derechos colectivos son: el ambiente sano, el espacio público, la libre competencia económica, derechos de consumidores y usuarios. 

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